miércoles, 4 de noviembre de 2015

Corte Constitucional de Colombia da vía libre a que parejas homosexuales puedan adoptar




La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia votó a favor de dar vía libre a la adopción igualitaria en Colombia.  La medida permite que las parejas del mismo sexo puedan ser padres adoptivos de niños en el sistema del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar ICBF.

 La ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio sostiene que "la adopción de niños por personas con orientación sexual diversa, en general, y por parejas del mismo sexo, en particular, no afecta por sí misma el interés superior del menor, ni compromete de manera negativa su salud física y mental o su desarrollo integral".

Su ponencia también asegura que así "lo indican las experiencias recogidas del derecho comparado, entre las que se destacan decisiones legislativas y fallos de tribunales internacionales donde siempre se ha tenido en cuenta la primacía de los derechos de los menores y la evidencia probatoria debidamente acopiada”.
 
En la sentenca la Corte sostiene que es deber del Estado verificar que los adoptantes, en este caso la pareja homosexual, cumpla con todos los requisitos. "Por eso, como cualquier proceso de adopción debe estar siempre dirigido a garantizar el interés superior del menro y el restablecimietno de sus derechos, en todo caso será deber del Estado verificar si se cumplen los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico y la idoneidad de la familia adoptante, de tal forma que esta brinde la estabilidad socieconómica y un ambiente de respeto, amor y bienestar para el niño o la niña".

Eso quiere decir que ser homosexual no puede ser considerado como restricción durante el proceso de solicitud de adopción y así podrán adoptar en igualdad de condiciones a los heterosexuales.

Esta decisión es considerada uno de los reconocimientos más importantes que obtiene la comunidad homosexual en Colombia.

En 2011, la Corte Constitucional reconoció que las parejas del mismo sexo podían tener vocación de conformar un núcleo familiar, lo que dejó la incógnita si eso significaba poder contraer matrimonio y adoptar.

El año pasado, el alto tribunal permitió la adopción entre parejas homosexuales siempre y cuando el menor sea hijo biológico de alguna de las personas que sostiene la relación sentimental.

No hay comentarios: