lunes, 31 de mayo de 2010

ONUSIDA insta al Perú a aprobar legislacion contra la violencia y la discriminación por orientación sexual e identidad de género.

DiariodeLimaGay - 31 de mayo de 2010

El Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre VIH/SIDA (ONUSIDA) en el Perú emitió un comunicado de prensa coincidiendo con la conmemoraciín en Perú del Dia Nacional de Lucha contra la Violencia y los Crímenes de odio por Orientación Sexual e Identidad de Género.

En su comunicado, ONUSIDA expresa su preocupación por el alto número de crímenes de odio, además de maltratos y violaciones de sus derechos humanos del que son víctimas las personas pertenecientes a la diversidad sexual en el Perú ( gays, lesbianas, bisexuales y trans), señalanado además que "existe probablemente un sub-registro importante de casos, porque usualmente no son denunciados por las víctimas, pueden permanecer silenciados por su entorno familiar, o por la desconfianza en las instituciones, entre otras causas".

Frente a esta situación ONUSIDA insta a los diferentes sectores de la sociedad a promover un marco normativo que prevenga, sancione y elimine la discriminación y la violencia por orientación sexual e identidad de género; así como a implementar el Plan Nacional de Derechos Humanos que contempla, como uno de sus objetivos estratégicos, el “fomento de acciones para promover una cultura social de respeto a las diferencias, que evite el trato denigrante o violente por motivos de índole/orientación sexual, en el marco de la Constitución y la Ley”.

ONUSIDA, MHOL y la Coordinadora nacional de Drechos Humanos estan impulsando una campaña a favor de una Ley de Igualdad y No Discriminacion por Orientación SExual e Identidad de Género que, en las proximas semanas, debe ser presentada al Congreso.

Aquí el texto integro del comunicado:


Derechos Humanos y Diversidad Sexual (1)


El Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre VIH/SIDA (ONUSIDA) en el Perú manifiesta su preocupación frente a las violaciones de los derechos humanos perpetrados en contra de las comunidades Transexuales, Lesbianas, Gays y Bisexuales por el motivo de su orientación sexual e identidad de género. La manifestación extrema de la discriminación son los homicidios de ciudadanas y ciudadanos por este motivo, los llamados “crímenes de odio”. Organizaciones de la sociedad civil estiman que se produce un número elevado de “crímenes de odio” cada año, la mayoría de los cuales queda impune y sin reparación.

Por su parte, la Defensoría del Pueblo revela que en el período del 2007 al 2008 se recibieron siete quejas por discriminación en razón de la orientación sexual que hacen referencia a maltratos y agresiones por parte de algunos docentes hacia los alumnos, así como a la negativa injustificada para el acceso a instalaciones o dependencias públicas(2).

Es importante notar que existe probablemente un sub-registro importante de casos, porque usualmente no son denunciados por las víctimas, pueden permanecer silenciados por su entorno familiar, o por la desconfianza en las instituciones, entre otras causas.

Frente a esta situación, el Programa Conjunto de Naciones Unidas sobre VIH/SIDA, respalda la decisión del Tribunal Constitucional que ha señalado que “el respeto por la persona se convierte en el leit motiv que debe informar toda actuación estatal. Para tales efectos, la Constitución peruana no distingue a las personas por su opción y preferencias sexuales; tampoco en función del sexo que pudieran tener. Se respeta la dignidad de la persona. El carácter digno de la persona, en su sentido ontológico, no se pierde por el hecho de que se haya cometido un delito. Tampoco por ser homosexual o transexual o, en términos generales, porque se haya decidido por un modo de ser que no sea de aceptación de la mayoría”(3).

El Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre VIH/SIDA invita a los diferentes sectores de la sociedad a promover un marco normativo que prevenga, sancione y elimine la discriminación y la violencia por orientación sexual e identidad de género; así como a implementar el Plan Nacional de Derechos Humanos que contempla, como uno de sus objetivos estratégicos, el “fomento de acciones para promover una cultura social de respeto a las diferencias, que evite el trato denigrante o violente por motivos de índole/orientación sexual, en el marco de la Constitución y la Ley”(4).

En este sentido, afirma su respaldo a la Resolución de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos que resuelve “instar a los Estados a asegurar que se investiguen los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos perpetrados contra individuos a causa de su orientación sexual e identidad de género, y que los responsables enfrenten las consecuencias ante la justicia”(5).

Finalmente, el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre VIH/SIDA expresa su preocupación por las consecuencias negativas que esa situación puede tener también sobre el éxito de las políticas y programas de respuesta al VIH/SIDA en el país, y sobre el logro de los compromisos internacionales asumidos en la Declaración Política sobre el VIH/SIDA(6), la Declaración de Compromiso en la Lucha contra el VIH/SIDA(7) y la Declaración del Milenio(8).

El Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA en el Perú se compone de las siguientes agencias: Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD), la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización Panamericana de la Salud / Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS), el Banco Mundial (BM), la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), el Fondo de Desarrollo de Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM), el Programa Mundial de Alimentos (PMA) y el Secretariado de ONUSIDA.
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1 La diversidad sexual se refiere a las diversas orientaciones sexuales e identidades de género de los seres humanos. La homofobia es la aversión, el odio, el prejuicio y la discriminación contra las personas transexuales, lesbianas, gays o bisexuales y atenta contra la convivencia, el respeto a la diversidad, la dignidad y los derechos humanos.
2 Defensoría del Pueblo, Adjuntía para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, Informe de Adjuntía Nº 005-2009-DP/ADHPD “Actuación del Estado frente a la discriminación. Casos conocidos por la Defensoría del Pueblo”, Abril 2009, Lima-Perú.
3 Tribunal Constitucional. Sentencia del 18 de agosto del 2002 recaída en el Expediente Nº 895-2001­AA/TC. F.J. 3-9. 4 Plan Nacional de Derechos Humanos 2006-2010, Anexo al Decreto Supremo Nº 017-2005-JUS, 11 de diciembre de 2005.
5 Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos. Resolución AG/RES.2504 (XXXIX­O/09), Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género, aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 4 de junio de 2009.
6 Asamblea General de las Naciones Unidas. Resolución 60/262, aprobada en la 87ª sesión plenaria, el 2 de junio de 2006.
7 Asamblea General de las Naciones Unidas. Resolución S-26/2, aprobada en la 8ª sesión plenaria, el 27 de junio de 2001.
8 Asamblea General de las Naciones Unidas. Resolución 55/2, aprobada en la 8ª sesión plenaria, el 8 de septiembre de 2000.

Fuente: ONUSIDA.

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